El Consejo de Gabinete aprobó enviar a consideración de la Asamblea Nacional el proyecto de ley 30-26, que adiciona y modifica disposiciones del Código Fiscal relativas a la tributación de determinadas operaciones de la economía digital y dicta otras disposiciones.
Este proyecto de ley tiene como objetivo actualizar el régimen del Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y Servicios (ITBMS) frente a las nuevas modalidades de producción, comercialización, intermediación y prestación de servicios que se desarrollan mediante plataformas, aplicaciones y otros medios digitales.
Esta iniciativa legislativa no establece una nueva categoría tributaria, sino que actualiza y desarrolla el ámbito de aplicación del ITBMS frente a determinadas operaciones propias de la economía digital, adecuando las reglas de territorialidad, determinación, cumplimiento y recaudación del impuesto a las nuevas modalidades de prestación de bienes y servicios.
Se incorporan criterios objetivos que permiten identificar cuándo los bienes o servicios digitales son utilizados, consumidos o aprovechados en el territorio nacional, considerando elementos tales como la ubicación de la cuenta bancaria o instrumento de pago utilizado, la dirección de facturación, la dirección de protocolo de internet, el código de país de la tarjeta SIM y demás indicadores razonablemente vinculados con la localización del usuario.
Por otro lado, el proyecto incluye salvaguardas destinadas a evitar que la actualización del régimen tributario aplicable a la economía digital produzca efectos no previstos sobre actividades financieras que, por su naturaleza, se encuentran sujetas a un tratamiento jurídico y regulatorio distinto.
La modernización del sistema tributario frente a la economía digital constituye una necesidad para preservar la equidad entre los distintos participantes del mercado, fortalecer la capacidad recaudatoria del Estado, reducir espacios de erosión de la base tributaria y adaptar la legislación nacional a modelos económicos que evolucionan constantemente.




