Gabinete autoriza Transacción Judicial entre ACODECO y las principales empresas de hielo...

Gabinete autoriza Transacción Judicial entre ACODECO y las principales empresas de hielo dentro de un proceso por prácticas monipolísticas

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El Consejo de Gabinete aprobó las Resoluciones 94-26, 95-26, 96-26, 97-26, y 98-26, que autorizan la Transacción Judicial suscrita entre la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) y las empresas Hielería Azuero, S.A; Hielo Oriental, S.A; Hielo Cristal Central del Istmo, S.A; Hielo Cristal Las Tablas, S.A; Producción Panameña de Hielo, S.A; Hielo Ameglio y Hielo Express, S.A.

Las resoluciones aprobadas obedecen a que en el año 2022, la ACODECO interpuso formal demanda contra estas empresas hieleras por la presunta comisión de prácticas monopolísticas absolutas, con el precio de venta y la “repartición” del mercado minorista de hielo en bolsa chica en el área de Chitré, Las Tablas y Penonomé.
No obstante, luego de un acuerdo -mediante este mecanismo judicial- y para dar por terminado el proceso, se requiere que el mismo sea autorizado por el Consejo de Gabinete.

Es decir, es requisito indispensable para que el tribunal apruebe la transacción, contar con el concepto favorable de la Procuraduría General de la Nación, y que ésta sea aprobada por el Consejo de Gabinete de conformidad con el artículo 533 del Código Procesal Civil; tomando en cuenta, igualmente, que artículo 530 del mismo código reconoce la Transacción Judicial como un medio excepcional de terminación del proceso, y que es intención de ambas partes poner fin al mismo.

Como antecedentes se destaca que, para llegar a este acuerdo, el apoderado legal de cada empresa investigada presentó por escrito al administrador de la Acodeco propuestas de compromisos destinadas a cerrar -por medio de una Transacción Judicial- el proceso, responsabilidades que resultaron favorables para los intereses del Estado.

Entre ellas, cada una de las empresas aportará una cantidad de dinero que va desde los B/. 10,000.00 a B/. 20,000.00, dando un total de B/. 66,000.00, que será entregado -individualmente- mediante cheque certificado a favor del Tesoro Nacional, en un plazo no mayor a treinta (30) días, a partir de la fecha en que quede ejecutoriado el Auto Judicial que apruebe la presente transacción judicial.

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